Artículo de Jesús Antonio Rodríguez Morilla, Doctor en Derecho (Cum Laude)
La Sentencia del Tribunal de Justicia de fecha 15/03/2017, a través de su Sala Décima, declaró el incumplimiento de obligaciones respecto a los Vertederos de: Arbancón, Galve de Sorbe, Hiendelaencina, Tamajón y El Casar, en GUADALAJARA.
Más de lo mismo, con fecha 8.6.18, la Comisión reitera que las autoridades españolas tenían que haber previsto retrasos en las obligaciones que les incumben, garantizando que la gestión de los residuos, se realiza sin poner en peligro la salud ni perjudicar al medio ambiente.
Mientras tanto, no se sabe exactamente en qué situación real nos encontramos, gracias a la desarmonía y opacidad habitual de la que hacen gala las administraciones públicas, sobre todo sin son de distinto signo político.
Se anunció una inversión de 1.800.000 € (Estado Español) para proceder al sellado de vertederos, concretamente un par de meses previos al pronunciamiento sancionador del T.J.U.E., señalando el P.P. al PSOE, como causante de la situación creada.
Es decir, y volviendo al tema de la sanción, han transcurrido 18 meses desde la fecha de dicha Sentencia, además de los tiempos precedentes concedidos por la Comisión para la ejecución que exigen estos tipos de trabajo, es decir, una sumatorio de plazos consumidos, por lo que España, debería encontrarse próxima a comunicar a la Comisión Europea la finalización de los mismos, si es que no han existido controversias desconocidas………
Habrá que disponerse cuando llegue el momento a conocer y afrontar las sanciones, debiendo atenerse España a la Resolución final de carácter económico que dicte el T.J.U.E., una vez la Comisión se pronuncie de nuevo, volviendo a poner si es el caso, en marcha “el taxímetro de sanciones”.
El tema medio ambiental suele ser de carácter riguroso en la Comisión, y a nuestro País, parece que le gusta practicar “el triple salto mortal sin red”.
Igualmente, parece que lo tienen difícil cuatro C.C.A.A. que nos preceden en estrados: ARAGÓN, CANARIAS, CEUTA Y MADRID, que podrían encontrarse en mora en esta obligación.
Pero que no cunda el pánico, pues es sabido que no siempre los Estados Miembros cumplen con lo establecido en las Directivas, al imperar otro principio comunitario: se ha dejado libertad a éstos para la regulación de efectos, cumplimiento y extinción. Es decir, una especie de “buffet frío” al gusto.
Caso contrario, abonaremos las sanciones. ¿Será por dinero en este País?
Puede visualizar el artículo publicado en el siguiente enlace: https://eldiadigital.es/art/284252/a-cuanto-ascendera-la-sancion-de-la-ue-sobre-los-5vertederos-de-guadalajara