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OPINION                                                                                                                                     Domingo 7 de julio de 2019

 

Jesus Rodriguez Morilla - “Limbos” acogedores en consistorios para herencias económicas envenenadas

Jesús Antonio Rodríguez Morilla 

Abogado

Deudas contraídas por Consistorios salientes, se convierten en nuevas cargas presupuestarias para el AYUNTAMIENTO DE LA LAGUNA

No se alarmen demasiado los lectores por la noticia, pues suele ser una especie de “pacto no escrito” entre Consistorios, para hacerse cargo de “herencia/s envenenada/s” convertida/s en “papa/s caliente/s” para las arcas municipales.

Oficialmente, digamos, no suele existir constancia reconocida entre órganos salientes y entrantes, pero el devenir histórico municipal, lo acredita, al ir asumiendo “el entrante”, las responsabilidades de pago ante los Proveedores. 

Se trata, a tenor del Diario Tinerfeño, autor de la noticia, referido al tripartito del Ayuntamiento de La Laguna, el cual se encontraría con una deuda en fase de reducción, aunque crítica cercana a los 23 millones de euros, contraída desde el año 2010, por distintas áreas municipales, destacando la de Fiestas, además de otras importantes deudas pendientes referente a Limpieza de Interiores.

Es de suponer, por el “bien higiénico” del nuevo Consistorio, que deben avecinarse épocas de auditorías e intentos de poner en pie cosas que no se sostengan, tomando gran relevancia, el tema del reconocimiento extrajudicial de créditos, como posible solución a los problemas.

Corresponderá al Pleno de la Entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera.

Vaya por delante, que los reconocimientos extrajudiciales del Crédito y otros, (así suelen calificarse por la doctrina), son como “El día de la Marmota”, se repiten y repiten una y otra vez, en cada Entidad que se precie, cuan desfiles de orugas procesionarias.

El problema que nos encontramos aquí, es la pugna entre la necesidad de guardar las formas y el hecho consumado e imposible de revertir, de la existencia de una modificación, por ejemplo, de una obra pública o servicios ya finalizados. (STS 11.10.1979).

Cabe considerar igualmente, en alguna ocasión se alude al tema de declarar la nulidad, (STS. 26.03.99), centrándose la cuestión en la obligación de pagar lo recibido, subrayando una nueva fuente de obligación derivada del enriquecimiento injusto. En la práctica judicial aparecen ciertamente recogidas todas estas perspectivas.

Como resumen final, nos preguntamos si las irresponsabilidades cometidas, por una o varias personas físicas concretas, sirven únicamente a título disciplinar, en un problema que ya viene de antiguo, como es la responsabilidad patrimonial. (S.T.S 07.07.1941).

Lo cierto es que la búsqueda de una solución al problema se asemeja a la búsqueda del Santo Grial…

 

 

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