OPINIÓN Artículo de Jesús Antonio Rodríguez Morilla 10/03/2020
Nos encontramos ante una probable situación complaciente con alguna posible Directiva, pero la reciente redacción del Art.118.3, no dirime el problema
Hemos redactado, realizadas llamadas de atención y publicado en distintas ocasiones y Medios desde septiembre de 2018, la situación ficticia creada por una gran parte de Órganos de Contratación en cuanto a permitir ciertas anomalías o irregularidades como si se tratara del “milagro de los panes y los peces”, convirtiendo un determinado contrato en fracciones asequibles de tamaños reducidos.
Es decir, a un contrato bien de obras, servicios o suministros, se le facilitaba una prodigalidad fraccionaria consistente en la creación de varios Expedientes de similares características permisivos de eludir unas exigencias mayores contempladas dentro de los umbrales que deberían corresponderle.
O, dicho de otra manera, bajo este sistema podían producirse adjudicaciones sucesivas a un mismo empresario mediante la reiteración de contratos menores, supuesto contrario, en el que el Órgano de Contratación se encuentra obligado a comprobar respecto a que dicho empresario, no haya suscrito otros contratos menores que superen las cifras previstas para dichos contratos a tenor de su objeto: Obras, Servicios o Suministros.
Jesús Antonio Rodríguez Morilla
Doctor en Derecho (Cum Laude)
Diplomado en Estudios Avanzados U.E.
Caballero de Mérito por Real Orden Noruega
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https://www.lacomarcadepuertollano.com/diario/noticia/2020_03_10/09